Las visas C le permiten ingresar a los EE. UU. y permanecer durante un período de descanso

 

Algunas personas deben permanecer en los EE. UU. durante un período de descanso antes de trasladarse a su próximo destino. En otras palabras, tienen que transitar por los EE. UU. Si tiene que esperar en los EE. UU. antes de trasladarse a su destino, debe obtener una visa estadounidense de tránsito.

 

Las visas de tránsito de EE. UU. se denominan con la letra C. Le permiten ingresar a los EE. UU. y permanecer durante su escala. Posteriormente, cuando su vuelo o barco planificado salga hacia su próximo destino, tendrá que abandonar los EE. UU.

 

El gobierno de los EE. UU. define la visa C para tránsito inmediato y continuo a través de los EE. UU., lo que significa que su itinerario hacia su destino final incluye una escala en los EE. UU. y tendrá que detenerse allí pero no tendrá otros privilegios.

 

Con una visa C, no puede quedarse más del tiempo aprobado y esta no es una visa para realizar actividades turísticas o relacionadas con negocios. Si desea realizar actividades turísticas o comerciales en los EE. UU., deberá obtener una B-1 or visa B-2.

 

Sin embargo, si ya tiene una visa estadounidense B-1 o B-2 y tiene que atravesar el país, no necesita una visa C. Se le permitirá el tránsito con una visa B. Además, si califica como parte del Programa de Exención de Visa , no necesita una visa estadounidense de tránsito.

 

Tipos de visa estadounidense de tránsito

 

La visa C es una visa de tránsito solamente, pero tiene tres categorías. Estos son los tipos de visas estadounidenses de tránsito:

 

C-1 - Visa de tránsito general


C-1 es la visa de tránsito para ciudadanos no estadounidenses que pasan por los EE. UU. en una escala de camino a su destino final.

 

C-2 - Visa de tránsito de la sede de la ONU


C-2 es la visa de tránsito para ciudadanos no estadounidenses que viajan a la Sede de las Naciones Unidas (ONU) en la ciudad de Nueva York o para funcionarios de las Naciones Unidas que transitan por los EE. UU. para ir a un destino final. Quienes tengan este visado sólo podrán estar en las proximidades de la sede de la ONU. Tienen derecho a salir de la sede de la ONU o de un lugar cercano a ella sólo cuando salen de EE.UU.

 

C-3 - Visa de Tránsito del Gobierno Extranjero


C-3 es la visa de tránsito para funcionarios de gobiernos extranjeros que viajan a través de los EE. UU. en una escala de camino a su destino final. El propósito del viaje debe ser para el gobierno o actividades relacionadas con el trabajo.

 

Requisitos de la visa estadounidense de tránsito

 

Para ser elegible para una visa estadounidense de tránsito C, la persona debe cumplir con uno de los siguientes criterios:

 

  • Ser ciudadano no estadounidense en su camino hacia un destino final y solo pasar por los EE. UU.
  • Ser un ciudadano no estadounidense o un funcionario de la ONU que va a la sede de la ONU en la ciudad de Nueva York.
  • Ser funcionario de un gobierno extranjero en tránsito por los EE. UU. hacia su destino final en un viaje de trabajo.

 

Si no pertenece a una de estas categorías, no se le permitirá obtener una visa de tránsito C. Además, la visa C no viene con visas dependientes. Esto significa que todos los que transitan a los EE. UU., incluidos los cónyuges e hijos, deben tener su propia visa de tránsito.

 

Por ejemplo, si un funcionario de un gobierno extranjero está en tránsito por los EE. UU. con su familia, los miembros de la familia también deben tener visas C individuales.

 

Solicitud de Visa de Tránsito

 

El procedimiento de solicitud para la visa C de tránsito es similar a otras visas. Debe seguir estos pasos para enviar una solicitud completa para su visa C.

 

Identifique qué tipo de visa C necesita

 

Si no viaja a la sede de la ONU y no es un funcionario de un gobierno extranjero, deberá solicitar una visa C-1. Sepa qué tipo de visa necesita para poder adjuntar todos los documentos y presentar los formularios correctos.

 

Haga la solicitud en línea presentando el formulario DS-160

 

La presentación del formulario DS-160 es el primer paso para comenzar el proceso de solicitud. Complete los campos necesarios y luego envíe el formulario en línea. Después de enviar el formulario, obtendrá un número de código de barras y una página de confirmación que debe guardar para futuras referencias.

 

Pague la tasa de solicitud

 

La tasa de solicitud para las visas tipo C es $185. Debe pagar esta cantidad y conservar el recibo porque será necesario más adelante en el proceso. Es posible que haya otros cargos según su ubicación y la embajada desde la cual realice la solicitud. Sin embargo, no hay tasas de emisión de visa para la visa C-2. Esto se debe a que no han sido implementadas medidas de reciprocidad para este tipo de visa de tránsito.

 

Programe su entrevista

 

El siguiente paso es programar su entrevista. Intente programar su entrevista para obtener la visa tan pronto como sea posible. Las embajadas de los EE. UU. a veces se enfrentan a una gran carga de trabajo, por lo que puede llevarles más tiempo programar su entrevista. Cuando la entrevista esté programada, recibirá una carta de confirmación de la entrevista que mostrará el momento de la entrevista.

 

Presente los documentos requeridos

 

Debe preparar un archivo de documentos para tenerlo con usted cuando vaya a la entrevista para la visa. Es aconsejable que prepare todos los documentos. Si a su archivo le falta algún documento, habrá una razón suficiente para que la embajada demore o incluso le niegue su visa.

 

A continuación se muestra una tabla con los documentos requeridos para su archivo según el tipo de visa:

 

Documentos requeridos

 

  • Passport
  • Página de confirmación del formulario DS-160.
  • Carta de confirmación de la entrevista.
  • Una fotografía que cumpla con los requisitos de la fotografía de visa estadounidense.
  • Recibos de la tasa de visa.
  • Prueba de que se le permite ingresar al país de su destino final.
  • Boleto o itinerario a su destino final.
  • Una carta que indique el propósito de su visita a su destino final.
  • Prueba de que usted es financieramente capaz de cubrir sus gastos durante su tránsito.
  • Evidencia de que regresará a su hogar u otro país después de su estadía en los EE. UU. Esto podría ser una escritura de propiedad, un contrato de arrendamiento de un apartamento u otra prueba.
  • Si usted es VIH positivo, necesitará una carta de su médico que explique su estado médico y los riesgos asociados con su condición, así como una prueba del seguro médico de salud.
  • Si ha sido arrestado anteriormente en los EE. UU., debe presentar una carta explicando el delito, los motivos del arresto y prueba de si fue condenado o no.

 

Documentos requeridos

 

  • Passport
  • Código de confirmación DS-160.
  • Una fotografía que cumpla con los requisitos de la fotografía de visa estadounidense.
  • Recibo de pago de tasas.
  • Si usted es un funcionario de la ONU que está en tránsito a través de los EE. UU., proporcione una prueba de que se le permitirá ingresar al país de su destino final

 

Nota: Puede solicitar la visa C-2 solo cuando se haya presentado una solicitud o petición por parte de la ONU u otras misiones u organizaciones extranjeras a la embajada de EE. UU. más cercana.

 

Documentos requeridos

 

  • Passport
  • Código de confirmación DS-160.
  • Una fotografía que cumpla con los requisitos de la fotografía de visa estadounidense.
  • Recibo de pago de tasas.
  • Prueba de que se le permite ingresar al país de su destino final.
  • Boleto o itinerario a su destino final.
  • Prueba de que usted es financieramente capaz de cubrir sus gastos durante su tránsito.
  • Una carta que indique el propósito de su visita a su destino final.

 

 

Asista a su entrevista de visa

 

Con su expediente documental deberá asistir a la entrevista de visa a la hora prevista. Si su entrevista tiene éxito, tendrá mayores posibilidades de obtener una visa de tránsito.

Si a usted se le ha concedido la visa, podrá transitar por los EE. UU. con éxito hasta su destino siguiente o final.

 

Tiempo de procesamiento de la visa estadounidense de tránsito

.

Los tiempos de procesamiento para cualquier visa estadounidense dependen de la carga de trabajo que tenga la embajada de EE. UU. Si hay más solicitudes, tomará más tiempo. Sin embargo, dado que la visa de tránsito es por un período de tiempo tan corto, su tiempo de procesamiento generalmente es más rápido que para otras visas.

 

Desde el momento en que envíe su solicitud, espere un mínimo de XNUMX días hábiles para recibir una respuesta sobre el estatus de su visa. La embajada le informará si se le ha concedido o denegado la visa de tránsito. Sin embargo, esto es solo una estimación del tiempo promedio, por lo que si toma más tiempo, no asuma que su visa ha sido denegada.

 

Como solo necesitas la visa de tránsito en el aeropuerto de EE. UU., puedes dar la información de en qué aeropuerto estarás y en qué fecha. Si presentas una solicitud y te la conceden, la Embajada de EE.UU. podría enviar los documentos a ese aeropuerto con la visa, y te estará esperando cuando transites por EE.UU.

 

Validez de las visas de tránsito

 

Las visas de tránsito significan que la persona que las posee no tiene intención de permanecer en Estados Unidos y tiene otro destino final. Por eso es necesario acreditar que se tiene destino final mediante la presentación de billetes o visas para otro país.

 

Debido a que se supone que el tránsito no toma mucho tiempo, la validez de la visa C también es breve. Todos los tipos de visas de tránsito C (visas C-1, C-2 y C-3) son válidas por un período máximo de 29 días o hasta la fecha de salida de los EE. UU.

 

Esto significa que si ingresa a los Estados Unidos el 1 de septiembrest, debe salir antes del 29 de septiembreth. Sin embargo, si tiene un boleto para su destino final el 20 de septiembreth, debe salir de los Estados Unidos el 20 de septiembreth.

 

Restricciones de visas de tránsito

 

Dado que la visa de tránsito es diferente de otras visas de no inmigrante en el sentido de que no se le permite permanecer en los EE. UU., existen varias restricciones con respecto a lo que puede hacer mientras se encuentre en los EE. UU. Con una visa de tránsito (C-1, C-2 o C-3), no tiene permitido hacer lo siguiente:

 

  • No puede permanecer en los EE. UU. más del tiempo designado.
  • No puede viajar ni estudiar en los Estados Unidos.
  • No puede ser empleado en los Estados Unidos.
  • La visa de tránsito no puede ser extendida.
  • No se puede ajustar o cambiar el estatus de la visa de tránsito.
  • No se puede solicitar una tarjeta verde con una visa de tránsito.
  • No puede tener dependientes con una sola visa de tránsito.
  • Los dependientes no pueden viajar, trabajar o estudiar en los Estados Unidos.